Opinión
En contra - Los derechos implican costos. La Constitución solamente hace explícitos los derechos, pero no los costos asociados a los mismos. Si los costos no se hacen explícitos, corremos el riesgo que la Ciudad falle en la provisión de un servicio esencial (seguridad pública, por ejemplo) por la tensión presupuestal que representan servicios no esenciales a los que quiere dárseles la categoría de derecho inalienable.
En el caso del agua, por ejemplo, aunque la provisión mínima del líquido sea un derecho humano, una provisión plena implica que se reconozca la naturaleza económica del bien, y que los precios deben al menos parecerse a los costos de provisión. Cuando la red es suficientemente grande, el costo en el margen debe ser bastante pequeño, excepto en lugares muy apartados.
El proyecto de constitución debería al menos mostrar una mínima responsabilidad fiscal y presupuestar, aunque sea de manera aproximada, el costo de provisión de estos derechos y las fuentes fiscales que pueden sustentarlos.